Relativa al incumplimiento de la legislación española sobre los procuradores de los tribunales con la Directiva 2006/123/CE relativa a los servicios en el mercado interior 

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Petitionsausschuss des Europäischen Parlaments
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Inoltro

El peticionario señala que, como abogado en España, puede ejercer su profesión en todos los Estados miembros de la UE y todos los abogados de la UE pueden ejercer la profesión de abogado en España. Sin embargo, la actividad profesional de representación en procedimientos está reservada exclusivamente, por regla general, a los procuradores de los tribunales, por lo que quienes son abogados en un Estado miembro de la Unión no pueden ejercer esta profesión en España. El peticionario se queja a su vez de que no puede ejercer como abogado en la UE si actúa como procurador en España. Las Cortes Generales españolas aprobaron una ley en octubre de 2009, un mes antes de la transposición de la Directiva 2006/123/CE relativa a los servicios en el mercado interior, que establece una incompatibilidad en el ejercicio de las profesiones de abogado y procurador, lo que contradice dicha Directiva.

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