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Sobre el incumplimiento del Reglamento General de Protección de Datos derivado de la utilización de detectores de mentiras  

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Petitionsausschuss des Europäischen Parlaments
9 9 v Evropská unie

Sbírka byla dokončena

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  1. Zahájena 2020
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El peticionario pide que se prohíba utilizar los detectores de mentiras. Por este motivo, argumenta que, en vista de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional Federal (Bundesverfassungsgericht) sobre los detectores de mentiras, el uso de dichos dispositivos con software de análisis de personalidad no es legal. También argumenta que no se puede justificar su uso ni siquiera teniendo el consentimiento de los propios individuos. Primeramente, porque las personas no son conscientes del gran alcance del análisis y de las consecuencias de dichas pruebas. En segundo lugar, porque, debido a la falta de una prohibición absoluta, existe una presión indirecta para dar el consentimiento, por ejemplo, cuando se solicita un puesto de trabajo o cuando se busca obtener la cobertura de un seguro. Esto significa que las personas no tienen libertad de elección. Debido a la falta de prohibición, la protección de la autodeterminación sobre la información, garantizada constitucionalmente, tampoco se puede aplicar.

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